Previsión social

Suiza dispone de una densa red de seguros sociales.

Asistente en una residencia de ancianos
© DFAE, Presencia Suiza

El régimen suizo de seguridad social suele dividirse en cinco secciones: el seguro de vejez, supervivencia e invalidez, la protección por enfermedad o accidente, la compensación salarial por el servicio militar o civil y por baja maternal, el seguro de desempleo y el subsidio familiar. 

El régimen de pensiones se compone de tres pilares. El “primer pilar” corresponde al Seguro  de Vejez y Supervivencia (SVS) y al Seguro por Invalidez (SI). Se financia a través de contribuciones compartidas de forma paritaria entre empleados y empleadores. Este seguro es obligatorio. El “segundo pilar” es la previsión profesional. Se trata asimismo de un seguro obligatorio, al que los asalariados deben contribuir a partir de ingresos anuales de 21.150 francos. La previsión privada llamada “tercer pilar” es voluntaria. 

El seguro de enfermedad y accidentes corre a cargo de sociedades privadas. Los asegurados son libres de elegir el seguro de su confianza, pero su contratación es obligatoria para todas las personas domiciliadas en Suiza. El régimen de seguro básico prevé una franquicia para adultos de entre 300 y 2.500 francos al año. La franquicia repercute en el montante final de la prima. Al seguro básico obligatorio pueden agregarse numerosos seguros complementarios. 

Las prestaciones del Seguro por Pérdida de Ganancias (SPG) cubren las pérdidas salariales por servicio militar, servicio civil o protección civil. Desde el 1 de julio de 2005 existe, además, un seguro por maternidad que garantiza la recuperación del 80% de las pérdidas de ganancias durante las primeras catorce semanas después del parto. 

El seguro de desempleo asegura una indemnización de entre el 70 y el 80 por ciento del último sueldo. En función de la edad de los asegurados, sus obligaciones de manutención y el período de cotización tienen derecho a indemnizaciones por un determinado número de jornadas que oscila entre 90 y 520. Sin embargo, condición previa para este derecho es un período mínimo de carencia de doce meses en los dos años previos a la situación de desempleo. 

La ayuda familiar varía de un cantón a otro. El mínimo se sitúa en 200 francos mensuales por niños menores de 16 años de edad. Los subsidios de formación se elevan a un mínimo de 250 francos al mes para hijos de entre 16 y 25 años de edad en fase de formación.